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18 de abril de 2010

Respuesta a preguntas recurrentes s/Ley de Titularización

Ya se promulgó la ley , sin mdoficación alguna, dijo ayer Daniel Aguirre en mi programa. (ver el Texto aprobado por la Cámara el 31/03, que publiqué en este Blog).
-La reglamentación creo saldría en poco. D. Aguirre manifestó que ya fueron citados para empezar a trabajar en eso esta semana. En cuanto salga la publicaré .
-Ref/ inicio de vigencia : "Art.2.- Las leyes no son obligatorias sino después de su publicación, y desde el día que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial."(art 2 Código Civil Argentina). Si ya se promulgó el viernes( fecha en que venció el plazo para vetar) ,está semana tendría que ser publicada ya en el Boletín Oficial.
-Los docentes de especiales de 7mo sí titularizarían , dijo Director Reg VII. Hay que ver la Reglamentación luego. No está claro en el texto de la ley .
-Sólo titularizan interinos que reúnan requsitos ( aunque tengan ya algunas titulares,hasta completar).-El límite es hasta 30 horas cát o 33 por indivisibilidad.
-Los Asesores pedagógicos y Prof Guías son cargos de base por tanto estarían contemplados en la ley.
-Se puede titularizar s/ Reg de Incompatib, un cargo y hs cát hasta completar carga horaria.-Se puede acrecentar, siempre que tenga margen.
-Para titularizar en terciario deben tener 4 años antig con título docente y 6 para título habilitante al 31 /04.
-Directivos no entran porque es sólo para cargos de base.
- La antiguedad requerida es al 31/04/10, fecha de sanción de la ley.
-La aplicación efectiva de la ley , es decir la titularización será dentro de 180 días. Comenzará por terciario, dijeron autores.
- Ref/ Actitud de Atech y Fed Sitech ya adelantaron que iniciarían acciones legales. Habrá que ver que pasa.Espero les sirva estas aclaraciones.
Obervación: Las respuestas se basan en la interpretación del texto legal sancionado. Algunas cuestiones que no están bien claras en él, hay que esperar como salen en la Reglamentacion: Caso 7mos y licencia 322 (´al parecer es sólo para los que están en terciario).

Espero les ayude a calmar la ansiedad y clarifique un poco.

P/D: Vean Regimen de Incompatibilidad y escalafón para saber exactamente si se encuentran encuadrados en la ley según sea su situación.

117 comentarios:

Anónimo dijo...

Gracias Koki!! Te acabas de ganar mi cariño y el de muchos docentes que soñabamos con ser titulares..Gracias.

Anónimo dijo...

gracias Aurorita por preocuparte tanto y tratar de calmar nervios y ansiedades propias de los que hace años esperamos para ser titulares. Besos

Anónimo dijo...

Feliz, feliz, feliz! Estamos más cerca de la titularización. Gracias a los que hicieron posible esto.

Anónimo dijo...

:q arriba la ignorancia,la especulacion ,la corrupcion,el amiguismo,y todo lo que atente contra la educacion yla calidad educativa.Brindemos por una educacion en decadencia!!!salud para todos los que sin estudiar lograron lo que muchos (quemando neuronas)no lo lograron!!

Anónimo dijo...

Y... Los PROFESORES que están hoy en los cargos NO TIENEN DERECHO a estar.
Informate hace cuanto estan en la misma escuela cuando eran Proyectos Especiales

Laura dijo...

Aplaudo la promulgación de la ley de titularización, ya que dará estabilidad a miles de colegas docentes. Gracias a todos los autores: diputados radicales y justicialistas, gobernador y ministro y gremios. Felicitaciones a todos!!!

Anónimo dijo...

anónimo 6: q mal lo tuyo! q sabés? no podes poner a todos en la misma bolsa. yo tengo 2 títulos docentes y si Dios qiere titularizo porq se tiene en cuenta la antig en el sistema y además apenas me recibí fui a trabajar donde ni las iguanas entraban. así fue q comencé a tener antig y luego me recibí de profe. no nos enojemos con los demás por algo q no nos toca a nosotros. no todos son como vos pensás!

Anónimo dijo...

HICISTE BIEN EN RECIBIRTE,NO FUE DIRIGIDO A VOS ESE MJE. SOLO A QUIEN "LE QUEDE EL TRAJE "(:D)LA OTRA OPCION QUE TIENEN PARA REIVINDICARSE CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y EL PUEBLO DE LA NACION ARGENTINA(PARA EJEMPLO DE NUESTROS HIJOS) ES PONERSE A ESTUDIAR Y RECIBIRSE...¿NO TE PARECE?:K

Anónimo dijo...

AURORITA!! LA LEY ENTRA EN VIGENCIA DESPUES DE LOS 8 DÍAS DE SU PROMULGACIÓN ENTONCES???!!!!

Anónimo dijo...

Soy Profesora con titulo, tengo dos especializaciones y estoy por comenzar el mg. Gracias a esta ley muy pronto podré ser Titular.

Anónimo dijo...

SI,Y CON VOS VAN A ENTRAR MUCHOS SIN TITULO A TENER EL MISMO STATUS QUE VOS Y A COMPETIR EN EL MISMO NIVEL...ANDAAAAAAAAAAAAAAAA!!!!!!!!QUE GENEROSA SOS ,AHI TE PODES DAR CUENTA QUE TU TITULO NO VALE NADA"DA LO MISMO UN BURRO QUE UN GRAN PROFESOR" ANDAAAAAAAAAAAAAAAAAAA!!!!!:R

Ricardo dijo...

:q Estoy muy felíz por la Ley de titularización, hace 11 años estoy como interino, ahora por fin podre obtener mi estabilidad laboral. :q

Anónimo dijo...

anónimo 12, ¿y lo que dice el ESTATUTO? Y EL PUNTAJE DONDE NOS METEMOS? Capaz que en tu cargo había alguien con mayor puntaje que vos, y quería tus horas. Según el estatuto ¿No tiene prioridad él? En qué quedamos entonces????

Anónimo dijo...

No pelen tanto colegas: si esta ley te perjudica iniciá las medidas judiciales pertinentes!!! Ya hay todo un bodrio con los que desplazaron antes de esta promulgación porque los burros estos se olvidan de mirar de vez en cuando la pirámide jurídica!!!!!! :n por los que tienen título y para los que no y les vino este regalo:c siempre tendran esa actitud ante quien estudió!!!!! Si te perjudica esto porque te rompiste el or....estudiando: DEFENDÉ tus DERECHOS e inicia la medida hudicial ante esta ley INCONSTITUCIONAL:M

Anónimo dijo...

país generoso...provincia generosa...dale coqui segui haciendo favores...con esta te zarpaste un poquito...pq miercoles no llamaste a concurso en vez de hacer esta payasada q veneficia a los q nunca se quemaron las pestañas estudiando!!!

Aldo dijo...

Escuche por ahí unas barbaridades sobre iniciar acciones judiciales, ¿Acciones judiciales, reclamando algo que no les pertenece? Es una verdadera locura, deberían tener en cuenta que en el estatuto, la realización de concursos no era inexcusable, solo se realizaban cuando se ponían de acuerdo las juntas y el gobierno, ya que junta podía “proponer” cuando quisiera los concursos y el gobierno decidía si estaban dadas las condiciones o no para llamar a concursos, pero no estaba obligado por ley a convocar a concursos. Entonces, pregunto ¿que reclaman algunos? Si no hubo concursos, fue porque no estaban dadas las condiciones, entonces son todas hipótesis, reclaman ser hipotéticos dueños de supuestas horas que no salieron a concurso, porque no era obligatorio por ley, realmente no tiene sentido ni lógica. Van a ir a la justicia para reclamar algo que no les pertenece y que por el contrario ya tienen dueños que accedieron por orden de mérito a esas horas o cargos y ahora con la Ley 6499 de titularización van a obtener la estabilidad sobre las mismas, por Ley.
Colegas hay que tener en cuenta que, con la nueva ley 6471, que es una ley hermana de la Ley Nº 6499 de Titularización y se aplica después de esta, a partir de 2011, es obligatorio, ahora si por ley para cualquier gobierno llamar a concursos, cada año, o como mínimo cada 2 años. Esta todo muy clarito, a cumplir la ley de titularización. Además la Ley 6499, se aprobó por unanimidad en diputados,acompañó de manera unanime el ejecutivo, sin ninguna oposicion. Más constitucional y legítima que esta Ley imposible. Saludos.

paola dijo...

Hola aurora soy profe de lengua desde hace cuatro años. El 30 de marzo tomé 4 hs. interinas de proyecto de lectoescritura que figuran como interinas pero hasta el 31 de marzo de 2011.
¿Puedo titularizar esas horas? Gracias

Anónimo dijo...

AYY 26, CADA UNO TIENE LO Q SE MERECE!!FELICITO Y APLAUDO A 22. QUE PRETENDEN RECLAMAR?? NUNCA NADIE LES ASEGURO QUE ESAS HORAS SERÍAN PARA USTEDES O SIIII????

Anónimo dijo...

ANÓNIMO 18: DE QUÉ PUNTAJE HABLAS? SE SUPONE QUE SI ESTOY ANTES EN EL SISTEMA, TAMB HICE CURSOS Q SE VALORAN AÑO A AÑO Y DAN PUNTAJE. SABÉS REALMENTE LO QUE ES SACRIFICRIFICARSE, PONIENDO EN PELIGRO MUCHAS VECES TU SALUD PARA TRABAJAR DONDE SEA CON TAL DE INGRESAR AL SISTEMA? SEGURO TENES EL TRABAJO A LA VUELTA DE TU CASA POR ESO OPINAS ASÍ...

Anónimo dijo...

26 que chanta sos ,claro que si...porque el estatuto nos asegura que esas horas son para el docente con titulo y antiguedad,no para los vivos que se las llevan de arriba!!!!!!!!!!!!!!!!!!i

Anónimo dijo...

Aurora tengo 7 años de antiguedad soy interino en un cargo de auxiliar y 12 horas. en cuàles puedo titularizar?. en el 2008 estuve afectado al plan provincial de alfabetización cuenta mi concepto de ese año?. gracias por el servicio que nos brindas

Anónimo dijo...

Por fín una ley que nos tenga en cuenta a los docentes con título que en su momento no pudimos ¡comprar los cursos de capacitación!!! o no pudimos simultaneamente estar en varias instancias de capacitación y así lograron titularizar en el último concurso y ahora muchos de ellos se golpean el pecho hablando de injusticia.

Aurora Acuña dijo...

29: En el cargo y en las horas. Hay que esperar la reglamentación para ver si en las 12(así era antes de la Reforma del Nomeenclador, no sé como se resuelve ahora). Sí cuenta tu concepto del 2008

Anónimo dijo...

Quiero comentar que en la llocaliad de LA VERDE el INTENDENTE DISCRIMANA A LOS directores de ESCUELA POR PLILITICA .......ETC

Anónimo dijo...

RESPETUOSAMENTE,pregunto al autor/a del comentario 22:como cree q esta "Ley hermana" va a mejorar el tema de los concursos cuando establece que los mismos se harán COMO MINIMO CADA DOS AÑOS, no establece máximo, asi q, según entiendo todo puede seguir como hasta ahora, o sea con concursos sin un tiempo definido. Le agradecería que me explique.

Anónimo dijo...

Como es eso de que los cargos pasarían a ser horas càtedras? Alguien me puede infomar si conoce del tema. gracias.

Anónimo dijo...

hola Auro!! t hago una consulta q nada tiene q ver con esto de la titularización, si hacés una capacitación q significa q los docentes participantes tendran "comisión de servicio"?? gracias por tu preocupación!

Aldo dijo...

Para Anónimo 33, la expresión correcta es "como máximo cada 2 años", fue un error involuntario. El texto de la Ley 6471 dice que es obligatorio,de ahora en adelante por ley para cualquier gobierno llamar a concursos, cada año, o "COMO MÁXIMO" cada 2 años. Saludos

Anónimo dijo...

27, CUANDO ENTRASTE AL SISTEMA SABÍAS QUE EXISTÍA EL ESTATUTO DEL DOCENTE? LEELO, AHÍ ESTAN NUESTROS DERECHOS Y DEBERES. ESTA LEY PASA POR ENCIMA DEL ESTATUTO. Y QUE AGRADECEN A LOS DIPUTADOS ¿ALGUIEN ES MAGÍSTER. HIZO UN DOCTORADO EN ALGO,SON FILÓSOFOS? ANDÁAAAAAAAAAA...........

Anónimo dijo...

para cuando pagan el presentismo?? ademas para cuando pagan los proporcionales de vacaciones adeudado del mes de febrero???

Anónimo dijo...

yo tambien estuve afectada al plan alf. y no tengo concepto. cómo hago?

Anónimo dijo...

Motivada por los comentarios de ANONIMO 22, 33 Y 36, fui a Boletin Oficial en este mismo blog y lei la ley 6471 y recién me enteré que ya esta sancionada una ley que dice que los Concursos serán COMO MINIMO CADA 2 AÑOS!!! o sea que NO ESTABLECE MAXIMO, esto o mejora nada el tema de los concursos LOS EMPEORA!! LEANLA USTEDES TAMBIEN Y ANALICEN

Anónimo dijo...

Para Anónimo 40, si te dice que como mínimo deben ser 2 años, significa claramente que no pueden ser ni 3, ni 4, ni 5, etc., no deben pasar más de 2 años, es clarito, no se que interpretación le das vos, pero por ley cada 2 años debe haber concursos. Es así de claro.

Anónimo dijo...

Aurora!!! Consulto, los cargos de secretarios son cargos bases? Se podría titularizar? Gracias por tu servicio

Aurora Acuña dijo...

Aclaración para 41: En realidad no es muy adecuada y precisa la expresión " al menos cada dos años". Tendría que haber dicho . " cada dos años " o " en término no mayor a 2 años" ,"cada dos años como plazo máximo" ,etc,Sta bien la interpretación de 40. Es un poco confusa.
Ese tema lo habíamos hablado en radio con Daniel Aguirre y dijo que había sido un error de redacción, que pidieron que cambiaran por "en 2 años como max" .
No me dí cuenta que no lo hicieron.

Aurora Acuña dijo...

42: en inicial y primaria el maestro con función de secretario SÍ es de base . En secundaria NO. Es decir que en los dos primeros titulariza , en secund no.

Aurora Acuña dijo...

35: se dice "en comisión de servicio" en este caso, cuando el docente va a capacitarse en representación de la esc o coleg con la finalidad de hacer un servicio luego, por ejemplo capacitar a sus compañeros luego o hacer un proyecto o algo en representación de la Institución.
Algunas veces implica también el cobro de viáticos.
Espero te sirva

Anónimo dijo...

gcias por responder a 35!!!! y como hago si justo ese dia trabajo en 2 colegio diferentes? en uno voy de representante y en el otro no. q presento en el 2do colegio, la constancia??? (de la capacitación) mil gcias!!

Anónimo dijo...

Con respecto a la consulta 42, soy una secretaria en una escuela de formación profesional, titularizo como secretaria?

Anónimo dijo...

Escribo para felicitar a Aldo. Muy claro, respetuoso y ubicado tu comentario. Aprendan chicas/os, se puede decir mucho sin necesidad de agredir. Comparto el apoyo por esta ley de titularizacion.

Anónimo dijo...

Los de UTRE le pegan a los de ATECH, los de SITECH a los otros sindicatos, los otros sindicatos a ATECH. No somos unidos por eso el gobierno nos trata mal. Es así..........

Aurora Acuña dijo...

34: Es posible que hayas entendido mal?
Porque Utre , por ejemplo y también el Ministerio quieren en realidad , en el futuro transformar la carga horaria de Hs cát a Cargos. Es decir que en lugar de ser designados por hs cát se designe en cargos a profes. Eso serí apra concentrar las hs , para evitar que el prof tenga clases en varios colegios?
Es posible que hayas escuchado esto?

Aurora Acuña dijo...

24: No entiendo por qué es interinato a término.
Necesito más detalles. Estás en Proyecto por reubicación de tus hs cát debido a la transformación Educativa? Rn esas hs de PROYECTO DECLARÁS COMO HS CÁT?.
Su las resp son SI, si titularizarías

Anónimo dijo...

Hola Aurora. Soy titular en dos horas cátedra y tengo 29hs interinas. El texto de la ley habla de que titularizaría el "personal docente interino". Yo en Junta ya figuro como titular. Es posible que pueda titularizar de todos modos? Agradezco el servicio que prestás.

Anónimo dijo...

si todas las horas interinas van a ser titularizadas, ¿cómo es posible que en octubre haya concurso? ¿que horas van a entrar en ese concurso?

Aurora Acuña dijo...

58: Supongo usarán las vacantes que queden de aquello que no reúnan requisitos para titularizar. Si respetan el Estatuto, primero se harán traslados y reincorporaciones , lo que sobra para ingreso

Anónimo dijo...

yo tengo mas puntaje, que mis compañeros de espacio, pero estoy haciendo suplencia por ascenso hace 5 años. mis compañeros van a titularizar yo no, PERO ENCIMA EN EL CONCURSO QUE VIENE ME VAN A GANAR TENIENDO MENOS PUNTAJE Y ANTIG. PORQUE VAN A IR AL CONC DE ACRECENTAMIENTO Y YO AL DE INGRESO... :n, REALMENTE ESTO ES INJUSTO. ACLARO, QUIERO LA ESTABILIDAD LABORAL PARA "TODOS" LOS DOCENTES.

paola dijo...

Hola Aurora gracias por contestarme, la verdad es que yo tampoco sé porqué son a término las horas de proyecto pero mi dire me dijo que ellos renuevan todos los años ese espacio así que no entiendo. En mi declaración van como hs. cátedra. Gracias

Anónimo dijo...

¡Hola de nuevo! Soy "anónimo 57". Disculpame que insista pero yo tengo 29 hs interinas. Quisiste decir que titularizaría las 29 o sólo 2 hs? gracias de nuevo!

paola dijo...

Me olvidé, soy suplente en mi otras horas, no fui reubicada. Nunca concursé aún.Saludos

Anónimo dijo...

idem 61. Es una barbaridad lo de la titularización masiva!!!!!!!!!!!!!

Aurora Acuña dijo...

61: es decir para los que ya ingresaron antes. (no en esta titularización)

Aurora Acuña dijo...

Si declarás como hs cátedras , significa q son hs de espacio proyecto. Bueno, entonces fijate si para ese espacio venis valorada como docente, habilit,suplet o sin valorar y controla con tu antig para saber si titularizas

Nancy dijo...

Me parece muy justa y positiva la Ley de titularización. La apruebo.

Anónimo dijo...

Aurora quiero saber si podria titularizar en un cargo de maestra de grado de jornada simple teniendo un cargo de12 horas de unidades didacticas titular(se trata de las horas de escuelas que designan por cargo,y yo tengo 12 hs.de tiempo parcial en area historia) Gracias.

Aurora Acuña dijo...

71: En la titularización no incluye a maestros de grado porque el año pasado hubo concursos

Anónimo dijo...

Aurora. los docentes que titularizamos algunas horas en el último concurso y somos interinos en otras; en esta oportunidad titularizamos el resto?. gracias

Anónimo dijo...

hola aurora soy prof de matematica con antiguedad y titulo para el nivel, tomè 5 hs en una creación el 15 de marzo. en teoria son a referendum. Puedo titularizar o no? reuno condiciones e inclusive estoy en la lista del año pasado de ese establecimiento. gracias.

Anónimo dijo...

Hola Aurora, tengo una duda por la ley de Titularización porque se presta a confunsión: ¿la antiguedad que se requiere es el cargo o en el sistema? Podés aclarar mejor esto.

Anónimo dijo...

Hola Aurora, soy prof de Nivel Primario (maestra de grado) pero me desempeño como prof. de tecnología en primaria una antiguedad de 8 años en el sistema; pero hace dos años y medio en el mismo cargo como interina. ¿Entraria dentro de la contemplación de la ley de Titularización o no? Gracias

Anónimo dijo...

soy 71 gracias aurora ,de todas maneras quiero saber si se podria titularizar en esos casos que te planteo,logicamente para un proximo concurso,Por favor averiguame.Besos:t

Aurora Acuña dijo...

75: Depende, si llegó la lista de méritos de la inscripc extraordinaria antes del 31/03/10 se debe debió designar según esa lista. Si vos estabas inscripta y estás en primer lugar, por supuesto que te corresponde titularizar. Si la Lista no llegó sí con seguridad titularizás

Anónimo dijo...

hola aurora te hago una consulta! tengo una antiguedad de 5 años en el sistema y tengo titulo doc., con 6 hs interinas desde hace un año y 12 suplentes sin terminos de una prof. que no es titular en esas horas sino interinae y esta por acenso como vice ella tiene horas titulares en otra escuela, mi consulta es la siguiente: ella titularizaria esas horas interinas en las cuales yo soy suplente? y yo las interinas que tengo entro en la titularizacion a pesar que no tengo los 3 años en las horas? te agradesco saludos :c

Anónimo dijo...

HOLA AURORA!! soy aquella docente a quien asesoraste por lo de comisión en servicio. t escribo otra vez para darte las gcias una vez mas! tu blog es de muchísima ayuda para todos. sin conocerte te aprecio porque se nota que sos una buena persona al preocuparte tanto por tus colegas. Dios t bendiga siempre. no cambies y gcias una vez mas!! bsos

Anónimo dijo...

hola Auro! por favor cdo tengas un tiempito respondeme.soy maestra y profesora. ingrese hace 9 años pero en mi recibo figura 6.desde 2009 doy clases en secundario. tengo 32 hs interinas. mis preguntas son: ¿me sirven los conceptos de los 2 últimos años aunque sean uno de primaria y otro de secund? titularizo todas las horas incluso las de creación en zona rural? mil gcias. muy agradecida.

Aurora Acuña dijo...

83: Vos titularizás tus hs interinas. Ella si reúne requisitos titulariza sus horas.

Aurora Acuña dijo...

85: En principio reclama urgente rectificación de tu antigüedad .
Tus conceptos sirven(excepto que en la reglamentación de la Ley especifique que tien que ser del mismo nivel, por ahora la Ley no dice nada de eso).
Respecto de las hs de creación depende de la situación en que están y que dice la Reglamentac).
El resto de hs sí titularizás con seguridad porque tu ant dá.Supomgo que el concepto tendrás Bueno o más. Suerte!

Anónimo dijo...

buenas noches, necesitaria si alguien me puede aclarar una duda, los docentes 'sin titulo' que titularizaron con esta ley, ¿se pueden presentar a concurso de acrecentamiento y traslado? igual que lo que tenemos titulo?? muchas gracias a quien pueda responderme-

Anónimo dijo...

Hola Aurora, soy 77. Gracias por responderme y por estar alli para aclarar nuestras dudas.

Anónimo dijo...

Hola! Soy la consulta 49, que averiguaste al respecto. Gracias

Anónimo dijo...

aurora puedo titularizar en 12 unidades horarias de tiempo parcial en filosofia (designan por carga horaria) si ya poseo un cargo de auxiliar como titular?????????

Anónimo dijo...

hola aurora soy 83, muchas gracias. puede ser que uno de los requisitos sea que ella este frente a alumnos porq esta de lic por ascenso?

lorena dijo...

Hola aurora soy maestra de grado,este año salí titular,trabajé todo el mes de marzo.En reg.(liquidadores)me dijeron que para cobrar el fondo estímul.tengo que tener antiguedad,porque el año pasado trabaje en otra esc.suplent. hasta el 23/12
Me corresponde que me liquiden para el mes de abril?o hasta cuando debo esperar...?

Anónimo dijo...

Que tal, soy prof de san martin, quisiera saber exactamente hasta que fecha se toma la antiguedad, hasta el 31/03 o al 30/04. Porque usted al inicio puso 31/04 y si es asi, me encuentro beneficiado con esta ley, de no ser asi, quedo afuera. Gracias.

Anónimo dijo...

Aurora tengo 4 años y 6 meses en el espacio proyecto institucional en 7 año podré titularizar?soy interia con horas cátedras. Gracias

Anónimo dijo...

Cuando estará lista la reglamentación de la ley aprox. para saber si titulariz. o no?

Anónimo dijo...

como se hacen las reubicaciones de un nuevo plan de estudios para no perjudicar al docente con el tema de bajas y altas por la titularizacion?

Anónimo dijo...

hola querida Aurora!! t hago una consulta: siendo interina en horas de secundario se puede tomar horas de terciario y pedir licencia 322 en las primeras??? desde ya muy agradecida

Anónimo dijo...

Aurora querida siempre tan atenta! ojala pueda conocert algun día y dart personalmente las gracias por todo. otra consulta, si estoy en condiciones de titularizar las hs de secundaria, me perjudicaría cambiarme de nivel hasta q sepa si titularizo o no? (es decir podría perder la oportunidad de titularizar...?) soy anónimo 100

Anónimo dijo...

hola Aurora tengo 9 horas focalizadas que revisten como interinas y una antiguedad de 7 años. esas horas se titularizan? gracias por atender nuestras consultas.

Anónimo dijo...

hola Aurora! por favor respodeme al anónimo 101, porque me estan ofreciendo horas en un terciario y no se si tomar!! gcias!!!

Aurora Acuña dijo...

99 y 101: Sí podés tomar las hs de terciario . No te perjudica para nada en lo de la titularización porque sólo estarás de licencia en tus hs interinas. No vayas a renunciar a ellas si reúnes las condiciones para titularizar. Disculpame por tardar en responder. Fe falta tiempo estos días ( son muchas las consultas . Además de comentarios por email). Suerte

Aurora Acuña dijo...

93: No hay requisito de estar frente a alumnos para titularizar. Además al cargo de directivo también se considera "frente a alumnos".

Aurora Acuña dijo...

94: 60 días corridos de desempeño en mismo cargo u hs cát dice el Decreto.

Anónimo dijo...

que tal ? necesito saber si los docentes sin cargo en terciario pueden capacitarse en el nivel .gracias

Anónimo dijo...

Aurora soy anónimo 102 por favor respondeme a la consulta. gracias

Anónimo dijo...

hola soy consulta 91... ¿averiguaste algo al respecto? Gracias

Anónimo dijo...

Soy docente de villa angela, trabajo en una escuela privada hace 4 años, el 20 de marzo tome hs interinas en la publica, sucede que enpece a gestionar mi antiguedad en la esc publica luego de tomar esas horas porq antes no lo habia hecho. Supuestamente computos del ministerio de educacion todavia no carga mi antiguedad, pero los papeles ya estan ahi, ya los presente a todos. Si a fines de mayo o junio me cargan, y en mi recibo recien aparece la verdadera antiguedad que tengo en el sistema educativo, puedo titularizar esas hs que tome en marzo, o sea las interinas en la esc publica? gracias por contestar.

Anónimo dijo...

hola aurora, te felicito por este espacio que nos ofreces, es unico; me comentaron que la antiguedad para titularizar el cargo de auxiliar docente es de 2 años, con titulo docente, es verdad? o es de 3 años en el sistema? gracias por todo.

María dijo...

Hola Aurora, soy maestra de grado titular y auxiliar docente interina, ¿puedo titularizar como auxiliar docente renunciando al cargo de maestra de grado?(dentro de la titularización masiva)Gracias.

Anónimo dijo...

soy maestra de grado titular, y auxiliar docente interina.con la ley de titulatización ,puedo optar.gracias

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