No tiene firma.
Pregunté en colegios si la recibieron y me dijeron que no.
Según dicha Resolución "... el mecanismo... que se regula en la presente resolución ... se utilizará estrictamente ante situaciones de medidas de fuerza...En consecuencia , los suplentes que se designen por el, cesarán en sus funciones ante la presentación para la real prestación de servicios, del titular, interino o suplente que se haya desempeñado en el cargo y/u horas" ( art 7)
Descargar Resolución 506
Opinión: Esta Resolución no modifica en absoluto la situación del docente que ejerce el derecho de huelga en lo que respecta a su estabilidad laboral, ya que su mismo texto establece que los suplentes cesan al reintegrarse a clases el docente del cargo u horas.
Pero la gravedad de dicha Resolución recide en que establece que se utilizará cada vez haya medidas de fuerza... Es decir cada vez que haya paro, se nombrará suplente. Esto es un cercenamiento del derecho de huelga, que como todo trabajador tiene el docente porque quita eficacia a la medida de fuerza ( su razón de ser). ¿Para qué haría paro un docente si su ausencia de las aulas no se notaría ?.
También viola el Estatuto del Docente en lo referente a requisitos para designación de suplentes, entre otros.
Además, el martes mediante comunicado Federación SITECH denunciaba "el trámite irregular que dio origen a la medida cautelar del juez de trabajo de la localidad de Presidencia Roque Sáenz Peña Héctor Hugo Osiska , y por la cual el Ministro de Educación haciendo una interpretación caprichosa y maligna pretende eliminar el derecho de huelga, en cuanto que tenemos a la vista un acta notarial de la escribana publica Melina Mozer en la que se deja constancia que una de las madres accionantes, manifiesta que no presto consentimiento alguno para iniciar una demanda por las medidas de fuerza dispuesta por este sindicato".
"El hecho mencionado tiende un manto de dudas sobre el proceso de acción de amparo y la voluntad de las restantes madres que supuestamente iniciaron una demanda que dio como resultado la medida cautelar N° 22/13 y por lo tanto deberá determinarse por una lado la responsabilidad que podrían tener algunos funcionarios del ministerio y la propia valides de la sentencia ante el hecho de no haber prestado conformidad los supuestos accionantes".
NOTA : SITECH cuestiona la cautelar que Soto invocó para "garantizar clases en todas las escuelas"
Recuerden que hasta hace unos días la amenaza era de cesantía para el docente adherido a paro, ahora es poner suplentes hasta que se reintegre .
¿ Es un signo de debilitamiento del Ministerio ? Digo , porque la cesantía era una sanción, el ponerle un suplente no. Ambas medidas violan derechos fundamentales de los docentes.Esta Resolución contradice la legislación vigente( Estatuto Docente, Legislación Laboral)
¿Aún así será aplicada? ¿Los demás Sindicatos permanecerán indiferentes ante el intento de borrar de un plumazo derechos que costó años de lucha para conseguir, incluso vidas?
¿Habrá colegas dispuestos a presentarse para suplantar a un compañero que está luchando también por él?
3 comentarios:
PODRIA AVERIGUAR CUANDO HAY INSCRIPCION PARA LOS BIBLIOTECARIOS EN ESTE AÑO 2013 PORQUE EN JUNTA NO DAN INFORMACION. GRACIAS
Hola Aurora
El viernes se habría dejado sin efecto la Resolución Nº 506/13. Tenés información al respecto, ya que en la Regional IX se han designado suplentes.
Gracias y Saludos
Pregunto: ¿pagaran a estos suplentes o harán lo mismo que hicieron con el proporcional de vacaciones...?
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