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24 de mayo de 2012

Inscripción para Interinatos y Suplencias Período A año 2013 Modalidad Técnica ( Instructivo y formulario)

JUNTA DE CLASIFICACIÓN MODALIDAD TÉCNICA -AMBITO PROVINCIAL –


CIRCULAR N° 01/2012


INSTRUCTIVO PARA INTERINATOS Y SUPLENCIAS EN HORAS CATEDRA Y CARGOS DEL PRIMER GRADO DEL ESCALAFÓN –PERIODO A) – AÑO 2013 –

RECOMENDACIÓN:

La Junta recomienda a todos los aspirantes que desean cubrir Interinatos y Suplencias para el período 2013 leer y dar cumplimiento a cada punto de este instructivo. Evitando de esta manera inconvenientes en las valoraciones y/o consecuencias desfavorables para los aspirantes, como también para los responsables de la inscripción.



l ) RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR:


1º) Exhibir el presente instructivo en un lugar visible, accesible durante el tiempo correspondiente al período de inscripción, establecido en el Punto a) Apartado lll) Reglamentario del Artículo N° 113º - Ley N° 5125 (t.o.) de la Ley Nº 3.529 – Estatuto del Docente y su Reglamentación Decreto Nº 1217/91; junto con los Planes de Estudio de las distintas especialidades que se dicten en el Establecimiento ya sean (E.E.T. – E.E.A. – E.F.P. – ANEXOS DE FORMACION PROFESIONAL)

2º) Arbitrar los medios para que:

a) La Solicitud de inscripción para Interinatos y Suplencias período A) sea exclusivamente la enviada con el presente instructivo.

b) Los Títulos presentados estén debidamente Registrados en la Provincia.

c) Los Títulos ó Certificados de Estudios con registro provisorio no estén vencidos al momento de la inscripción (tres meses).

d) Los Aspirantes con título No Docente podrán inscribirse solamente en:

- Tres (3) Asignaturas ó

- Dos (2) Asignaturas y un Cargo ó

- Dos (2) Cargos.- ( Las Asignaturas y Cargos deberán ser afines al Título). –

e) Las Fotocopias presentadas por los Aspirantes estén autenticadas por autoridad competente: Juez de Paz –Escribano- Director – Vicedirector – Regente de Formación y/o Cultura Técnica – Regente de Formación y/o Cultura General -Supervisor. Para documentación doble faz presentada deben estar autenticadas en ambas fojas.

f) El Aspirante presente Indice por duplicado, donde el responsable de la inscripción controlará que las documentaciones presentadas estén debidamente autenticadas y asentará: Fecha de recepción – Sello del Establecimiento y Firma.

g) Los duplicados de la SOLICITUD de Inscripción serán archivados en el Establecimiento y deberán ser IDENTICOS a los enviados a la Junta de Clasificación. En caso de no serlo NO SE ACEPTARAN RECLAMOS.

3º) Informar a los Aspirantes sobre el Artículo 15º) Apartado ll) del Decreto Reglamentario N° 1217/91 y Modificatorias : PERÍODO DE TACHAS.-

4º) Enviar a la Junta de Clasificación la DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS ASPIRANTES, CON NOTA DE ELEVACIÓN, NOMINA IMPRESA DE ASPIRANTES Y CD (EN FORMATO EXCEL) donde se consignarán los siguientes ítems:

a) Aspirantes que presentan Legajos.-

b) Aspirantes que presentan Solicitud con documentación.-

c) Aspirantes que presentan solamente Solicitud.-

En cada ítems deberán especificar:

- Nº de Orden.

- Apellidos y Nombres por ORDEN ALFABETICO.

- Tipo de documento.

- Nº de Documento.

La documentación de los Aspirantes será recepcionada en esta Junta hasta el 10 de julio del presente año.

La Falta de cumplimiento del punto 4º) determinará La devolución Inmediata de la nota de Elevación por parte de la Junta, para su corrección.



Observaciones:

Finalizada la inscripción – Período A) -. Las Direcciones de todos los Establecimientos deberán remitir los legajos y solicitudes de inscripción a la Junta de Clasificación dentro de los diez (10) días siguientes. Apartado IV) Reglamentario del Artículo N° 113-Ley N° 5125 (t.o.) de la Ley N° 3529 –Estatuto del Docente- y Decreto N° 1217/91.

La Dirección del Establecimiento es responsable directa y única por la faltante de alguna solicitud y/o documentación no elevada en tiempo y forma.

La Junta de Clasificación Informará al Establecimiento que corresponda sobre alguna omisión u otro detalle incorrecto que se verifique respecto al punto 4º).



ll) REQUISITOS PARA ASPIRANTES A INTERINATOS Y SUPLENCIAS


RECOMENDACIONES: El correcto cumplimiento del presente instructivo permitirá la valoración del aspirante, dado que el error, omisión, datos imprecisos, abreviaturas de las denominaciones de las asignaturas y/o cargos, tachaduras ó enmiendas en la solicitud, implicará automáticamente la NO VALORACION.


REQUISITOS:


1) FECHA Y LUGAR DE INSCRIPCION: del 01 al 30 de Junio de 2012, en los Establecimientos de Educación Técnica – Agropecuaria - Formación Profesional – Anexos Formación Profesional-

2) DOCUMENTACION A PRESENTAR:

a) Indice: ( Por duplicado) En hoja tamaño oficio

donde consignarán toda la documentación que presenta y al final su firma, aclaración y Nº de documento. El responsable de la inscripción deberá colocar: Fecha, Firma, Aclaración y el sello del establecimiento, otorgándole el duplicado del Indice al aspirante.-

b)Títulos: Fotocopia/s de Título/s debidamente autenticado/s por personal competente, con registro/s definitivo. Los Títulos o certificados de estudios con registro provisorio no deben estar vencidos al momento de la inscripción. Los Títulos No Docentes podrán inscribirse solamente en: tres (3) Asignaturas ó dos (2) Asignaturas y un (1) Cargo ó dos (2) Cargos - las Asignaturas y/o Cargos deberán ser afines al Título -.

c) Solicitud: ( Por duplicado ) Para su confección el aspirante tendrá en cuenta los puntos que figuran en el modelo de solicitud que acompaña el presente instructivo.

d) Constancias de Servicios: Se considerará la antigüedad en la docencia secundaria o superior estatal o privada oficialmente reconocida (Decreto N° 97/2000) .- Se consignará correctamente: Cargo y/o Asignatura – Nº de horas – Altas – Bajas – ó el termino Continúa – Instrumento Legal de Designación-. La antigüedad se computará al 31/05/2012.

e) Conceptos Profesionales: Se considerarán los de

los tres (3) últimos años trabajados por el docente - Artículo 101º - Apartado Vll) – Punto 4) de la Ley N° 5125 (t.o.) de la Ley N° 3529 –Estatuto del Docente- y Decreto N° 97/2000.

f) Antecedentes: Por perfeccionamiento docente se

valorarán solamente los certificados definitivos .

g) Documento: fotocopia autenticada de la 1era. y

2da. hoja y/o del último cambio de domicilio obrante del D.N.I., L.C. o L.E. – Ley N° 4662-.





2-1) Aspirantes que se inscriben por primera vez: Deberán presentar una carpeta con los datos personales en la tapa y con toda la documentación solicitada en el Punto 2) solamente en un Establecimiento, en los demás Indice y Solicitud.

2-2) Aspirantes con legajo Interino y/o Titular en Junta Técnica: Deberán presentar lo solicitado en el Punto 2).

TODA DOCUMENTACION DOBLE FAZ PRESENTADA DEBE ESTAR AUTENTICADA EN AMBAS FOJAS POR AUTORIDAD COMPETENTE: Juez de Paz – Escribano - Director – Vicedirector – Regente de Formación y/o Cultura Técnica – Regente de Formación y/o Cultura General – Supervisor –



SE SOLICITA AL DIRECTOR/A INFORME A LOS ASPIRANTES SOBRE LAS ASIGNATURAS Y/O CARGOS CORRESPONDIENTES A LOS PLANES DE ESTUDIO QUE SE ESTAN DESARROLLANDO EN EL ESTABLECIMIENTO .



INFORMAMOS A LOS ASPIRANTES, QUE NO SE HAYAN INSCRIPTO CON POSTERIORIDAD AL AÑO 2006, QUE DEBERÁN PRESENTAR LEGAJO COMPLETO.



III) INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA FICHA DE SOLICITUD DE INSCRIPCION

ADVERTENCIA: Únicamente serán consideradas aquellas inscripciones hechas en la solicitud de inscripción enviada en el presente instructivo por la Junta de Clasificación Modalidad Técnica – Ámbito Provincial -.

1) Establecimiento: Colocará el nombre del establecimiento donde se inscribe.

2) Apellidos y Nombres: Consignará Apellidos y Nombres completos, con letra de imprenta clara y legible. Las aspirantes casadas colocarán el apellido de soltera.

3) Datos Personales: Según ficha en forma clara y legible con letra imprenta.

4) Asignaturas y/o Cargos en el siguiente Orden de Prioridad: Detallará solamente las asignaturas y/o cargos que desee dictar teniendo en cuenta el punto 2) Apartado b) Requisitos y los planes de estudios del establecimiento donde se inscribe que solicitará al responsable de la inscripción y las observaciones que se detallan para cada modalidad.

5) Títulos Docentes para el Nivel Medio: Colocará el o los nombres de los títulos docentes para

el nivel, organismo que lo otorgó y Nº de Registro en la Provincia.

6) Otros Títulos: Colocará el nombre de otros títulos que posee, el organismo que lo otorgó y el Nº de Registro de la Provincia.

8) Otros Establecimientos de Educación Técnica donde se Inscribe como Aspirante:

Consignará el nombre de otros Establecimientos donde se inscribe como aspirante.

9) Establecimiento de Educación Técnica donde presenta la documentación: Consignará el nombre del Establecimiento donde presenta la documentación.

10) Lugar y Fecha: Colocará Lugar y Fecha en que entrega la solicitud y su firma.



OBSERVACIONES PARA CADA MODALIDAD:

En todos los casos se debe tener en cuenta el Plan de Estudio vigente o actual del Establecimiento

Para Escuelas de Educación Técnica - C.E.P. y T.T.P.–Escuelas de Educación Agropecuaria:

- Para las Asignaturas: deberá especificar el nombre correcto del Plan de Estudio y la asignatura que aspira del Establecimiento donde se inscribe.

Ejemplos:

Lengua –C.B.- Ciencias Biológicas –CB-

Matemática –C.B.- Lengua Extranjera-CB-CS-

Biología-C.B.- Taller Rural - CB-

Física –C.B.- Sistema de Representación-CB-

Físico –Química –C.B.- Ciencias-Físico Química-CB-

Dibujo Técnico- C-B.-

Matemática –Ciclo Profesiones Femeninas-.

Matemática –Curso Práctico Confección del Vestido-

- Para los Cargos de Maestro de Enseñanza Práctica , colocará la sigla: M.E.P., el ciclo y la especialidad, en aquellos Establecimientos que posean dos o más especialidades. Si aspira al ciclo superior deberá tener en cuenta si su título es coincidente con la especialidad que se dicta en el establecimiento en que se inscribe.

Ejemplos: M.E.P. (C.B.)

M.E.P. (C.B.– C.S.- Electromecánica)

M.E.P. (C.S.- Técnico Aeronáutico)


- Si el Establecimiento de Enseñanza Técnica posee anexo de Cursos Prácticos y/o Técnicos (E.E.T. Nº 1- E.E.T. Nº 23 – E.E.T. Nº 24 – E.E.T. N° 28 – E.E.T. N° 29 – E.E.T.A. Nº 32- E.E.T. Nº 38-) Deberán consignar el nombre del curso tanto para Asignatura como para cargos M.E.P. Los aspirantes con título habilitante y/o supletorio para inscribirse como M.E.P. podrán solicitar hasta tres (3) especialidades por cargo como máximo.

Ejemplos: M.E.P. (Curso Técnico de Confección del Vestido)

Matemática (Curso Práctico Confección del Vestido)

Dibujo (Curso Práctico Confección del Vestido)

Psicología (Curso Factores Humanos)



- Para los Cargos de Maestro de Enseñanza Práctica , colocará la sigla: M.E.P., la sección

productiva y el ciclo:

Ejemplos: M.E.P. (Agricultura General –C.B.-)

M.E.P. (Fruticultura –C.S-)

M.E.P. (Taller Rural)



Para Escuelas de Formación Profesional (E.F.P.):


- Para las Asignaturas deberá especificar el nombre correcto según los Planes de Estudio del Establecimiento donde se inscribe. Para la asignatura Actividades Prácticas deberá especificar la especialidad:

Ejemplos:

Actividades Prácticas –C.P.C.V.(Curso Práctico Confección del Vestido)

Actividades Prácticas –C.P.B.M.(Curso Práctico Bordado a Máquina)

- Para los Cargos de Maestro de Enseñanza Práctica o Maestro de Formación Profesional colocará la sigla: M.E.P. o M.F.P. la especialidad y que sea acorde a su título.

- Los Aspirantes con TITULO HABILITANTE Y/O SUPLETORIO podrán solicitar para los cargos M.E.P. y M.F.P., hasta tres (03) especialidades como máximo.

Ejemplos: M.E.P. (Apicultor) M.F.P.( Operador Informático Multimedial)

M.E.P. (Albañil)


IV) RECLAMOS
DEL PERIODO DE TACHAS:

Deberá tenerse en cuenta:
Artículo 15º Apartado ll) del Decreto Reglamentario N° 1217/91 de la Ley N° 5125 (t.o.)

de la Ley Nº 3.529 –Estatuto del Docente-.

“ Se Considerará período de tachas el lapso durante el cual, el docente notificado de

su puntaje podrá efectuar los reclamos que estime necesarios. Durante el mismo NO

PODRA INCORPORAR NINGUNA DOCUMENTACION A SU LEGAJO PARA LA

MODIFICACION DE SU PUNTAJE.”


a) Para Los Aspirantes:

Para los reclamos de las valoraciones para Interinatos y Suplencias Periodo A) y

Período B) los aspirantes deberán hacerlo en forma personal de la siguiente manera:
Por nota dirigida al Director del Establecimiento donde se inscribió o solicitó indicando la fecha

de notificación del orden de mérito.

- Se darán curso a los pedidos de reclamos solicitados dentro de los cinco (5) días de su notificación por vía jerárquica, caducando este derecho a los treinta (30) días de recibida la lista en el Establecimiento - Artículo N° 113- Punto V) Decreto Nº 1217/91 Reglamentación de la Ley N° 5125 (t.o.) de la Ley Nº 3.529- Estatuto del Docente-.



b) Para el Director:

Deberá elevar en forma inmediata el reclamo del aspirante a la Junta de

Clasificación consignando en la nota de elevación:



- Fecha de recepción del Orden de Mérito en el Establecimiento.-

- Fecha de Notificación del Aspirante que efectúa el reclamo.-

- La Nota de Reclamo que se envía a Junta de Clasificación Modalidad Técnica, debe poseer fecha, sello y firma del responsable de la recepción.-



- NO SE DARÁ CURSO A RECLAMOS QUE NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS


CITADOS.-

DESCARGAR FORMULARIO PARA INSCRIPCIÓN TÉCNICAS

Aporte:  Prof. Juana Jergus , miembro de Junta Clasificación Modalidad Técnica

7 comentarios:

Aurora Acuña dijo...

@Caliva Valeria No me olvidé. Estaba esperando que me lo enviaran desde Junta . Ya lo publiqué.

MARISA dijo...

HOLA AURORA QUISIERA SABER HASTA CUANDO PAGAN EL FONDO ESTÍMULO, Y SI UNO TIENE UNA FALTA , PAGAN UN PROPORCIONAL?

Aurora Acuña dijo...

@MARISAEste mes sería el último mes que se cobró porque despúes lo blanquean. Si la inasistencia está dentro de las excepciones contempladas dentro del Decreto si. Caso contrario no. Lee el Decreto en mi otro blog( legislación educativa y algo más)

Marisa dijo...

@Aurora Acuña GRACIAS AURORA!! SOS TAN GENTIL Y GENEROSA CON LOS DOCENTES!! OTRA VEZ GRACIAS!!

Delia dijo...

me podrían decir qué docentes son competentes en la materia cultura y estética contemporanea?porque qusiera anotarme en esta materia.gracias.saludos

Anónimo dijo...

hola aurora necesito la solcitud d inscripcion int y sup año 2013 para unificar los coleg en una sola.segun decreto 1204 modif reglam art 113

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