El Decreto N° 2086 , del 20 de octubre de 2011, incorpora los apartados II a XX al artículo 303 del Decreto 1217/91, reglamentario del Estatuto del Docente. Dicha modificatoria establece que los Directores Regionales serán elegidos por docentes. Fija la fecha y modalidad de dicho proceso eleccionario.
DESCARGAR DECRETO N° 2086
Documento enviado por Daniel Radulovich, Secretario Gral de Sitech Centrochaqueño
Estas en: Inicio > Elección de Directores Regionales > Decreto N° 2086. Elección de Directores Regionales
26 de octubre de 2011
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
7 comentarios:
Hola tienen las listas de las inscripciones extraordinarias de nivel secundario??? como se van a realizar los desplazamientos después del 31/10/2011???
Hola Auro, cómo se debe proceder con respecto a estas listas q ya estan en las escuelas?? hay q esperar 30 días para contestar las notas de desplazamiento, hasta tanto lleguen las rectificaciones de puntaje u omisiones por parte de junta?? por favor colega, te agradecería nos aclares un poco toda esta situación tan atípica casi terminando el ciclo escolar, bsos gdes!!
@patriciaNo tiene que ver la fecha porque no es desplazamiento sino designaciones nuevas. Al llegar las listas los Directores deben hacer los ofrecimeitnos de todos los cargos y horas que estan designados ad referendum y porceder a hacer las designaciones según puntaje
@An�nimoNo son desplazamientos. Deben notificarse y presentar nota de solicitud de que se haga el pertinente ofrecimeitno , tal como lo establece el estatuto del docente. Nota por duplicado( para que le firmen y sellen el recibido, que pongan fecha de recepción) así les queda constancia para hacer si fuera necesario luego un recurso.
En la nota deben solicitar respuesta por escrito, especialmente si es denegatoria. A partir de la notificación de esa respuesta tienen 5 días hábiles para presentar recurso.
La respuesta deben darle en 48 hs . Si no es así presentar una nota de pronto despacho.
Recuerden que cualquier reclamo sobre puntaje , las hs o cargo sólo pueden hacerla hasta 5 días hábiles a partir de la notificación en la lista de méritos.
La Dirección debe responderles por escrito los fundamentos por los cuales no llama a designación apenas llegan listas.
Si esperan 30 días ya habrán perdido el derecho ( caduca ya para junta el plazo, contado desde que llegó la lista ala escuela o colegio)
Aurora, pregunto ? aquí en Regional V las listas Extraordinarias están desde la semana pasada,pero en las escuelas no aperasen dichas listas .....Que pasa si las mismas no aparecen y las retienen hasta fin de años ....que debemos hacer para poder protegernos, por que es obvio que algunos docentes inscriptos esta en condiciones de ocupar algunas horas o cargos e incluso hasta la misma directora ya que todos los designados fueron ad referendu, justamente hasta que llegara esta lista ..Pregunto como nos cubrimos si la ocultan ?????????????
que pasa si la lista extraordinaria no la hacen aparecer por este año???????????es válida para el 2012??????????? o si nunca le hacen aparecer????????????????
hola nesecito con urgencia saber fechas de designaciones de interinatos y suplencias de educacion especial.
Publicar un comentario